Los consumos con tarjetas superiores a u$s300 tributarán una percepción adicional del 25% en concepto de bienes personales.La intención del Gobierno nacional al tomar esta medida es la de “cuidar las reservas para la producción” y, también se tuvo en cuenta “las solicitudes y reclamos de cámaras empresarias y sectores productivos”, explicó la AFIPEn todo momento, fuentes oficiales, se ocuparon de aclarar que no existe ninguna limitación o cupo para gastar en el exterior.

Actualmente, el dólar turista, tomando, por ejemplo, el tipo de cambio Banco Nación de $157, se le suma el Impuesto PAIS del 30%, más el 45% de la percepción a cuenta de ganancias y bienes personales y a partir de este miércoles se adicionará 25% a cuenta de bienes personales (25%) lo que eleva el valor la operación por dólar a $314.

La nueva disposición que encarece el valor del dólar tarjeta no afecta:

  •  A los consumos con tarjeta de hasta u$s300 mensuales seguirán pagando el 30% adicional del Impuesto PAIS, la percepción a cuenta de ganancias y bienes personales (45%) con un dólar $157 (Banco Nación) el valor de la operación por dólar es de $276.
  • Se mantienen igual las compras con tarjeta, pasaje u operación concertadas con anterioridad a la vigencia de las nuevas medidas.
  • Sigue vigente el beneficio de no aplicación de impuesto PAIS y percepción para pasajes terrestres a países limítrofes.
  • A los pagos de aplicaciones y streaming
  • Se mantiene el dólar ahorro.

El adicional del 25% de la retención de bienes personales que eleva el valor del dólar afecta las siguientes transacciones:

  • Bienes suntuarios o «de lujo» como, por ejemplo, automóviles y motos de alta gama, jets privados -pequeños aviones; embarcaciones de uso recreativo -barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.
  • Es decir, los bienes comprados en el exterior que demandan a través del Banco Central el giro de divisas a 365 días.
  • No se afecta la compra de ningún bien necesario para la producción.

En tanto, también se estableció un tipo de dólar diferencial para los servicios contratados en el exterior de recreaciones y actividades artísticas (recitales, actividades deportivas, entre otros gastos de esparcimiento). Al «Dólar Coldplay», se le aplica el impuesto país del 30%, y tomando un tipo de cambio de $150 (Banco Nación) a lo que se debe sumar el 30% el valor del dólar se ubicará en $195.

Autoridades de la AFIP aclararon que las contrataciones del exterior “recibe la retención del impuesto a las ganancias que le practica el sujeto local que paga la contratación”.

Estas medidas afectan a las “nuevas compras y compras y contrataciones efectuadas a partir del miércoles 12 de octubre”, aclararon las autoridades.

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