El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de mayo de la prohibición de despidos o suspensiones «sin justa causa» o por «fuerza mayor», ante la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus. La medida se oficializó mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 266/2021. La norma también establece la prórroga hasta la misma fecha de la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de «fuerza mayor o falta o disminución de trabajo».

El artículo 4 del decreto indica que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».

El texto puntualiza que la prohibición «no» será aplicable «a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19 ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, ni a sociedades, empresas o entidades que lo integran».

La prórroga rige también para los trabajadores «dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *