El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial mediante una resolución la dispensa de concurrir en forma presencial al puesto de trabajo a las personas que resulten indispensables en el hogar en el marco del ciclo lectivo próximo a iniciar, en el que volverán las clases presenciales, en un sistema híbrido que, con matices en cada distrito, combinará instancias presenciales con virtuales.
La medida regirá en los siguientes casos: «Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, así como los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente».
«Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control»
CLAUDIO MORONI, MINISTRO DE TRABAJO
«La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora» y «deberá completar una declaración jurada», añade el texto oficial.
La declaración jurada, en tanto, deberá contener: «Los datos del niño, niña o adolescente, el grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo; el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo».
Asimismo, podrá acogerse a esta justificación «solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar».
Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control.
